Normativa

Reglas del club

Normativa de Convivencia

Reglas de comportamiento y convivencia en la comunidad HISP.

La presente normativa tiene por objeto regular la convivencia en la comunidad, garantizando un entorno ordenado, respetuoso y seguro para todas las personas participantes. La pertenencia al grupo implica la aceptación íntegra de estas reglas y de las facultades de la administración para hacerlas cumplir.

1. Principios generales

2. Conductas no permitidas

2.1. Ataques personales y hostilidad

2.2. Contenido discriminatorio u ofensivo

2.3. Ciberacoso y difusión de información ajena

2.4. Contenidos ideológicos y discusiones polarizantes

2.5. Lenguaje inadecuado

3. Spam, autopromoción y usos indebidos

4. Clasificación de incumplimientos y régimen sancionador

La administración calificará los incumplimientos como leves, graves o muy graves, atendiendo al contenido del hecho, su reiteración, el contexto y el impacto en la comunidad. Una misma conducta podrá elevarse de categoría si se repite tras advertencias previas.

4.1. Incumplimientos leves

Conductas que, aun siendo contrarias a las normas, no generan un daño relevante y pueden atribuirse a desconocimiento o descuido puntual.

Sanción: Advertencia (pública o privada) y, en su caso, eliminación de los mensajes afectados.

4.2. Incumplimientos graves

Conductas que suponen una falta de respeto clara, una alteración significativa de la convivencia o la reiteración de infracciones leves.

Sanción: Silenciamiento temporal en el grupo (imposibilidad de enviar mensajes) y eliminación de los contenidos afectados.

4.3. Incumplimientos muy graves

Conductas que afecten gravemente a la dignidad de las personas, al normal funcionamiento de la comunidad o que supongan reiteración de incumplimientos graves.

Sanción: Expulsión del grupo y eliminación de los mensajes que la administración considere necesarios para proteger a la comunidad.

5. Facultades de la administración y actualización de normas


Normas Generales de Competición

Verificación Técnica y Régimen Disciplinario.

Este compendio establece el conjunto de normas que regulan la participación de los corredores de HISP en competiciones desarrolladas en la plataforma Zwift, ya sean organizadas por el propio Club o por terceros (ZRL, TTT WTRL u otras). Su finalidad es preservar la integridad deportiva, garantizar la igualdad de condiciones entre participantes y asegurar que la competición se desarrolle bajo principios de juego limpio.

La participación en cualquier evento competitivo implica la aceptación íntegra de estas Normas.

Capítulo I: Normas de Participación en Eventos Zwift

Artículo 1. Ámbito de aplicación

Las presentes normas serán de obligado cumplimiento para todos los corredores del Club que participen en competiciones organizadas por el Club o por terceros en las que el Club esté representado.

Artículo 2. Responsabilidades según el tipo de evento

2.1. Eventos organizados por terceros. Cuando el equipo participe en competiciones organizadas por otra entidad (como la Zwift Racing League de WTRL), el Manager y/o Capitán del equipo ostenta la autoridad y responsabilidad sobre el equipo, decide alineaciones y descartes, y es responsable de garantizar el cumplimiento de las normas del organizador. En caso de sanciones oficiales, el Club las aceptará, las comunicará formalmente a los afectados y podrán derivar en sanciones internas adicionales.

2.2. Eventos organizados por el Club. Las normas específicas se podrán publicar antes del inicio de cada competición, con la finalidad de evitar cualquier forma de ventaja injusta derivada de manipulación del peso, falsedad en la potencia o uso de trucos técnicos.

Artículo 3. Normas de participación

3.1. Exactitud de los datos personales y factor edad. Peso, altura, edad y nombre en Zwift deberán ser exactos y estar actualizados. Se admite una fluctuación razonable de hasta 3 kg o el 5% entre carreras consecutivas.

3.2. Cuenta personal e intransferible. El uso compartido de cuenta constituye falta grave.

3.3. Equipamiento técnico. Rodillo o bicicleta compatible con Zwift, correctamente calibrada y con firmware actualizado.

3.4. Conducta deportiva. Se prohíben insultos, acoso y lenguaje discriminatorio.

3.5. Coherencia de potencia (rangos orientativos):

Artículo 4. Procedimiento ante posibles anomalías

Capítulo II: Verificación Técnica y Privacidad

Art. 5. Es obligatorio mantener el perfil de ZwiftPower en modo público para participar en las clasificaciones oficiales.

Art. 6. El borrado, ocultación o manipulación del historial podrá implicar el estado de "No Clasificable" hasta 3 meses.

Art. 7. Los nuevos deportistas sin historial previo estarán sujetos a un periodo de observación de 5 carreras antes de figurar en clasificaciones oficiales.

Art. 8. Toda comunicación sobre datos de rendimiento o incidencias técnicas será estrictamente privada entre el Administrador y el corredor.

Capítulo III: Régimen Disciplinario

Nivel 1 Advertencia Formal

Sanción posible: advertencia documentada y/o penalización leve de hasta 30 segundos. Apelación: 7 días.

Incluye: variaciones de peso >3kg/5% sin comunicación previa (con justificación posterior), errores puntuales en datos, perfil privado sin requerimiento previo, comentarios inapropiados sin acoso, primera anomalía sin indicios claros.

Nivel 2 Penalización de tiempo o descalificación

Sanción posible: penalización de 1 a 5 minutos, último puesto en categoría o descalificación directa. Requiere: mayoría de la Junta. Apelación: 7 días.

Incluye: reincidencia de Nivel 1 en 3 meses, variaciones reiteradas de peso o falsedad de datos físicos/edad, rendimientos anómalos persistentes sin explicación, negativa injustificada a colaborar, perfil privado tras requerimiento, configuraciones técnicas que alteren la potencia, conducta tóxica reiterada.

Nivel 3 Exclusión temporal

Sanción posible: exclusión de competiciones del Club entre 2 semanas y 3 meses. Requiere: mayoría de la Junta. Apelación: 7 días.

Incluye: uso deliberado de configuraciones para alterar potencia, cesión o uso compartido reiterado de cuenta, manipulación u ocultación malintencionada del historial, negativa total a colaborar en investigación formal, reincidencia de Nivel 2, conductas que dañen gravemente la imagen del Club.

Nivel 4 Exclusión de ZwiftPower como miembro del Club

Sanción posible: expulsión del Club en ZwiftPower, con posible readmisión a criterio de la Junta. Requiere: mayoría de la Junta. Apelación: 7 días.

Incluye: fraude o manipulación grupal de datos, dos sanciones Nivel 3 en 6 meses, cinco sanciones Nivel 2 (o tres en 12 meses), conductas que comprometan gravemente la integridad competitiva, datos manifiestamente superiores a un ciclista aficionado (más de 5 W/kg en 20min o 6 W/kg en 5min sin justificación acreditada).

Capítulo IV: Derechos Fundamentales del Corredor